Sergio Tricio
Gerente General de Patrimore
2 de noviembre de 2015
DiarioPyme Con la Reforma Tributaria surgirán distintos cambios. Uno de ellos, conlleva la aplicación de impuesto a quienes vendan sus propiedades y obtengan más de 8 mil UF en utilidades. Sin embargo, la “retasación” es una alternativa para alejarse de este costo. ¿Cómo funciona? Sergio Tricio, gerente general de Ruvix, nos explica
No es una normativa
No hay una normativa de tasación, sino que con la Reforma Tributaria, las personas comenzarán a pagar impuestos por la venta de propiedades (que fueron compradas desde el 2004), siempre y cuando, se acumule una utilidad superior a 8.000 UF por una o varias propiedades vendidas y retasar es una opción para disminuir la utilidad fina
Cómo y cuánto pagaré por impuesto
El impuesto a pagar será un fijo del 10% de la utilidad de la venta. Otra opción es que el impuesto se determine de acuerdo al tramo de impuesto que esté esa persona. Para pagarlo, la utilidad se agrega a la declaración de impuesto anual en el global complementario y en ese momento se puede efectuar el pago.
Para qué retasar
El objetivo de retasar una propiedad de aquí a diciembre de 2015 es que el valor de venta del inmueble aumentará, por lo que al venderla a un mayor precio por la retasación disminuirá la utilidad y, por ende, te llevará más tiempo superar las 8 mil UF.
Cómo puedo retasar
Debes contactar a un tasador (también hay plataformas online). Luego, presentas un formulario al Servicio de Impuestos Internos (SII) para registrar el nuevo valor comercial de tu propiedad. Esto tiene otro costo de aproximadamente 2 UF más.
A quién le conviene más retasar
Si se trata de personas jóvenes, que tienen muchos años en que pueden comprar y vender propiedades, es mucho más importante retasar. En cambio, para personas mayores quizás no es tan conveniente, y es mejor evaluar si en el futuro podría obtener utilidades que superen las 8.000 UF.
Actualizado el 2 de noviembre de 2015
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