Sergio Tricio
Gerente General de Patrimore
30 de mayo de 2016
Para los deudores, una situación compleja se da cuando se ingresa a DICOM o al Boletín Comercial, por compromisos impagos que son publicados por las entidades financieras y comerciales acreedoras.
El único y exclusivo objetivo del Boletín Comercial es servir como herramienta de apoyo a los procesos de evaluación crediticia y riesgo comercial.
Si tiene una deuda atrasada y quiere saber si esa información está publicada, debe consultarlo en la empresa con la que tiene la deuda.
Es ésta empresa la que tiene que comunicar al cliente si sus datos han sido enviados a DICOM o al Boletín Comercial. Existe la posibilidad que usted consulte directamente a estas empresas sobre sus antecedentes, lo cual debiera ser gratuito.
DICOM informa los datos de los clientes morosos de las tiendas, supermercados o comercios que tienen contratos con esa empresa.
Mientras que en el Boletín Comercial se publican los Protestos de Letras, Cheques y Pagarés, más las Cuotas Morosas derivadas de mutuos hipotecarios y de préstamos o créditos de Bancos, sociedades financieras, administradoras de mutuos hipotecarios, cooperativas de ahorros y créditos y de sociedades administradoras de créditos para compras en Casas Comerciales.
No. No pueden informarse las deudas contraídas con empresas públicas o privadas que proporcionan servicios telefónicos, luz, agua y gas.
Tampoco se deben publicar sus datos por este tipo de deuda. La Ley dice que las deudas de carácter económico, financiero, bancario o comercial, sólo pueden ser comunicadas cuando hay letras de cambio, pagarés protestados o documentos de ese tipo que las fundamenten. Y ese no es el caso del TAG.
No, para DICOM basta con que usted pague su deuda. Pero si su deuda está protestada, aparece en el Boletín Comercial y en ese caso además de pagar la deuda debe pagar los costos de aclaración respectivos. Pero no existen costos cuando el monto del documento es inferior a $300.001
No, basta con que pague lo adeudado.
La encargada de sacar sus datos, una vez que ha regularizado el pago de su deuda, es la empresa a la que usted le debía. La empresa acreedora debe comunicar el pago efectuado a la empresa donde figuran los datos del deudor.
Pero si sus datos figuran en el Boletín Comercial, porque hay pagarés o cheques protestados, por un valor superior a los $300.000 usted debe acercarse al Boletín Comercial, pagar por el servicio de eliminación y solicitar que saquen su nombre.
Si por un error administrativo usted sigue en DICOM o en el Boletín Comercial, debe reclamar en la empresa con la que tenía la deuda. Este error puede ser una infracción a la Ley del Consumidor, y si le causa algún daño usted tiene derecho a exigir su indemnización ante un tribunal.
Además existe un procedimiento establecido en la ley de bases de datos que permite la sanción e indemnización que corresponda para este tipo de situación.
No. Cuando usted solicita una repactación, su deuda deja de estar vencida y por lo tanto, si está pagando puntualmente sus nuevas cuotas, la empresa debe sacarlo de los registros de morosidad y detener las acciones judiciales y extrajudiciales de cobranza. Así lo han establecido los tribunales de justicia.
Eso depende de las políticas de cobranza de cada empresa, que en general establecen en los contratos con sus clientes, a partir de qué fecha se informarán los atrasos a las bases de datos.
Para calcular la tarifa se suman las cuotas morosas del crédito y según el total alcanzado es el precio que debe pagar.
Por ejemplo, si debe cuatro meses, con cuotas de 96.000 pesos cada una, su deuda total es de 384.000 pesos; según la tabla tarifaria que se publica en la página Web, www.boletincomercial.cl, el precio que debe pagar para retirar sus datos personales del Boletín Comercial es de 7.860 pesos.
Recuerde que para deudas inferiores a los $ 300.000 no se paga para salir del Boletín.
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